INFORMACION PREVIA PARA SOLICITAR SUBVENCIÓN PARA OBTENER EL CARNET DE CONDUCIR A MENORES 30 AÑOS

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Publicamos la orden UIC/17/2022, de 5 de julio, por la que se modifica la Orden UIC/27/2020, de 10 de agosto. Modificaciones importantes de cara a solicitar la subvención en los próximos meses cuando salga la convocatoria: a) Documento nacional de identidad o equivalente en el supuesto de ser miembro de un país de la Unión Europea, o Número de la tarjeta de residencia en el supuesto de ser natural de otros países. b) Licencia o permiso de conducir. c) Certificado de empadronamiento actualizado desde fecha 1 de enero del año de publicación del extracto de la convocatoria. d) Certificados de estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Pública, Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social. e) Certificado, en su caso, de ser demandante de empleo inscrito en el Servicio Cántabro con anterioridad a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria. f) Certificado, en su caso, de ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil inscrito con anterioridad a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria. g) En su caso, Título de familia numerosa del que sea titular el solicitante, en vigor en el momento de realizar la solicitud. h) En su caso, certificado de discapacidad reconocida por las autoridades españolas, en vigor en el momento de realizar la solicitud. i) En su caso, Carné Joven Europeo, en vigor en el momento de realizar la solicitud. No obstante, en el caso de que el carnet no haya sido expedido por la administración pública de Cantabria, al no estar implementada la consulta electrónica, deberán aportarlo en todo caso.
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