Premios Extraordinarios de Educación Secundaria para Personas Adultas correspondientes al curso 2019/2020 y al curso 2020/2021

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Primero. Destinatarios y requisitos. Podrá optar a los Premios de Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA) aquel alumnado que reúna los requisitos establecidos en las bases reguladoras aprobadas mediante Orden ECD/70/2017, de 31 de mayo (BOC nº 121, de 23 de junio de 2017), modifi cadas mediante Orden EFT/12/2021, de 1 de marzo (BOC nº 47, de 10 de marzo de 2021). No podrán tener la condición de benefi ciarios quienes incurran en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Segundo. Objeto. Dar reconocimiento a los méritos del alumnado adulto que, gracias a su constancia, esfuerzo y afán de superación, ha conseguido vencer las difi cultades de índole personal, educativa, o del entorno sociocultural y obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Tercero. Bases reguladoras. La convocatoria está regulada por la Orden ECD/70/2017, de 31 de mayo, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria para Personas Adultas, en la Comunidad de Cantabria, publicada en el Boletín Ofi cial de Cantabria de 7 de junio de 2017 (BOC nº 109). Corrección de errores, procediendo de nuevo a su publicación integra, en el Boletín Ofi cial de Cantabria de 23 de junio de 2017 (BOC nº 121). Dichas bases reguladoras han sido objeto de modifi cación mediante Orden EFT/12/2021, de 1 de marzo (BOC nº 47, de 10 de marzo de 2021). Cuarto. Cuantía. Podrá concederse en cada uno de los cursos académicos a los que se refi ere la Orden, un máximo de cinco Premios Extraordinarios de Educación Secundaria para Personas Adultas. El importe global máximo a conceder en esta convocatoria, será de 4.000 €. La dotación económica de cada premio ascenderá a 400 €. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el plazo de siete días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Ofi cial de Cantabria del presente extracto.
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Cerrada
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