INFORMACIÓN PARA AUTÓNOMOS COVID-19

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COMO DEBEN TRIBUTAR LOS AUTÓNOMOS LAS AYUDAS RECIBIDAS POR COVID DURANTE El 2020. Todos aquellos autónomos que se hayan beneficiado de estas ayudas deberán tenerlo presente a la hora de realizar su Declaración de la Renta del 2020 (a presentar este año entre abril y mayo). La decisión del Ministerio de Hacienda es que las ayudas recibidas en concepto de cese de actividad tributen por rendimientos del trabajo, es decir, de manera progresiva según el tramo, quedando exentos los primeros 2000€ percibidos. Otro tipo de ayuda habitual a lo largo del 2020 ha sido la exoneración de la cuota de autónomos en uno o varios meses. En este sentido, la tributación es inexistente para cualquier caso, ya que es un dinero que ni se ha pagado ni se ha recibido. En lo que se refiere a los préstamos ICO, el importe recibido por el interesado no se considera un ingreso a efectos fiscales, porque no incrementa el capital de autónomo al estar obligado a devolverlo; por tanto, no tributa. Para más información: https://espaciopymes.com/noticias/como-deben-tributar-los-autonomos-las-...
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